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“Cláusula de Conciencia” para los trabajadores de prensa

in Noticias
15 agosto, 2012

conci2El secretario general de la Federación Argentina de Trabajadores de Prensa (FATPREN), Gustavo Granero, concurrió este martes 14 de agosto a la Cámara de Diputados de la Nación, para partipar de un plenario de asesores legislativos, ante quienes expuso los alcances del proyecto de ley que prevé la incorporación de la “Clásula de Conciencia” al Estatuto del Periodista Profesional (Ley N° 12.908).

Granero, quien estuvo acompañado del asesor legal de la organización sindical y especialista en Derecho a la Información, Damián Loreti, reiteró la visita que realizara el año pasado, para poner al tanto del proyecto a los asesores de los legisladores que se incorporaron a la Cámara Baja luego del último 10 de diciembre.

El proyecto de ley, que fue presentado por el diputado nacional Héctor Recalde en septiembre de 2009, recoge el texto elaborado por la FATPREN en cumplimiento del mandato que diera el Congreso Nacional de la Federación en marzo de 2008.

El texto de la norma prevé la incorporación como segundo párrafo del artículo 38 del Estatuto que “los periodistas profesionales podrán negarse, motivadamente, a participar en la elaboración y/o propalación de informaciones contrarias a los principios éticos de la comunicación, sin que ello pueda suponer sanción o perjuicio alguno”.

Asimismo, contempla la incorporación del artículo 38 bis, indicando:

“Art. 38 bis: Los periodistas profesionales tienen derecho a considerarse en situación de despido indirecto en los siguientes supuestos:
a. Cuando en el medio de comunicación con el que estén vinculados laboralmente se produzca un cambio sustancial de orientación informativa o línea ideológica.
b. Cuando la empresa les traslade a otro medio del mismo grupo que por su género o línea suponga una ruptura patente con la orientación profesional del periodista o del medio en el que prestaba servicios.
c. Cuando sin su consentimiento, se inserte o retire su firma o autoría o cuando se atribuyere la autoría de un trabajo propio a otro.
El ejercicio de este derecho no excluye otras causales de despido indirecto, y dará lugar a las indemnizaciones previstas en el artículo 43 de la presente ley.”

conci1Granero explico que la nueva legislación resguarda el derecho a la libertad de expresión de los trabajadores de prensa, al tiempo que favorece la llegada a la comunidad de información veraz y transparente, que no se vea forzada por imposiciones realizadas por las empresas periodísticas.

“Los trabajadores de prensa aspiramos a que la información llegue cada en vez en forma más transparente a la sociedad, sin que sea tergiversada por los intereses de los dueños de los medios, a la vez que tengamos la posibilidad de negarnos a realizar notas que atenten contra los más elementales principios éticos de la comunicación”, agregó el dirigente sindical.

Por su parte, Loreti expuso la validez de la norma en el derecho comparado, que incluso tiene rango constitucional en países como España, Paraguay, Ecuador y Colombia.

La FATPREN continuará bregando por la aprobación de este proyecto de ley, que contribuye a dar condiciones dignas para el ejercicio de su oficio a los trabajadores de prensa, y fortalecer una comunicación cada vez más democrática, diversa y plural.

 

14-08-2012

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