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Paso de los Libres: Fallo favorable a la libertad de expresión

in General, Noticias, Slider Inicio
2 enero, 2019
Tags: Paso de los Libres

El Tribunal Oral y Penal de Paso de los Libres, presidido por el Marcelo Fleitas, autorizó a la prensa a asistir a todos los debates orales y públicos, “sin limitaciones de ninguna naturaleza, pudiéndose informar de todo los sucedido en la audiencia, a excepción de la transcripción literal de lo que declaren los testigos”, luego de una presentación de la Asociación de Periodistas de Corrientes (APC) frente a una restricción previa.

El pasado 11 de diciembre, ese tribuna resolvió a través del Acuerdo N° 272, que lleva la firma de sus tres integrantes (Fleitas, Marcelo Pardo y Gustavo Ifrán), facilitar el trabajo de los medios de prensa en los juicios orales y públicos, en respuesta a la solicitud de la APC.

Los magistrados en la argumentación de la medida sostuvieron “que resulta fundamental lograr un justo equilibrio entre la publicidad del debate, propio de los actos de gobierno en un sistema republicano como el adoptado por nuestro país (Artículo 1 de la Constitución Nacional); y los fines del proceso, es decir, la justa aplicación de la ley sustantiva y un adecuado servicio de justicia”.

En el tercer punto de la acordada se resuelve “autorizar a la prensa acreditada a asistir a todo el debate, sin limitaciones de ninguna naturaleza, salvo delitos de naturaleza sexual, procesos donde intervinieran menores o cuando el Tribunal por razones excepcionales y fundadas así lo disponga. Podrá en el ejercicio de su profesión, informar todo lo sucedido en la audiencia, con excepción de la transcripción literal de lo que declaran los testigos acorde en lo normado en el artículo 410, párrafo 2 del Código Procesal Penal”.

En el ítem siguiente, la resolución “autoriza, en razón de las características propias del proceso penal, la transmisión de los siguientes actos del debate: a) Actos iniciales del Juicio. b) Discusión final: alegatos y últimas palabras del imputado. Lectura de la sentencia en su partes dispositiva y fundamentos”.
Luego establece “habilitar un lapso al comienzo de cada audiencia para la atención de fotografías y/o filmación, lo cual será comunicado por Secretaría, y cesará cuando el Tribunal lo disponga”.

Por último define que “el Tribunal no pondrá un límite y/o cupo en relación a la acreditación de los medios de prensa y/o periodistas” y “autorizar el ingreso de público a la sala de audiencias, ajustándose a lo siguiente a) familiares del imputado b) público en general”.
La APC, encabezada por su Secretario General, Atilio Ramírez, había solicitado el 22 de noviembre que se retrotrajera cualquier medida restrictiva que pudiera afectar la libertad de prensa y el derecho a la información.

ctes-020119

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