Intento de censura en el multimedio La Voz de Tandil
El Sindicato de Prensa de Tandil, filial de la Federación Argentina de Trabajadores de Prensa (FATPREN), expresó en un comunicado su enérgico repudio a la acción de censura y operación con vistas al despido del periodista Guillermo Fernández, trabajador del multimedio La Voz de esa ciudad.
Del mismo modo, el gremio ratificó su tajante respaldo al compañero que en las últimas horas fuera blanco de la oscura maniobra del poder por eliminar su voz y violar así el derecho elemental y constitucional que encierra la libertad de expresión.
El sindicato aclaró además que no permitirá, bajo ningún punto de vista, los corruptos mecanismos de presión en las sombras que impulsa la política por sobre las empresas de comunicación, con el fin de lograr la cesantía de los trabajadores de prensa.
“La abierta presión sobre los compañeros que ejercen a diario la noble profesión de informar resulta un perjuicio insoslayable para la democracia, maniobras que hoy afectan directamente al colectivo del periodismo local, pero que tiene sus secuelas indirectas en la sociedad toda”, agrega el comunicado.
La FATPREN se suma al rechazo decisivo de toda acción de censura contra los trabajadores de prensa, pues es una afrenta inaceptable y deleznable toda maniobra espuria que atente contra los derechos más elementales de la prensa.
El Sindicato de Prensa de Tandil, filial de la Federación Argentina de Trabajadores de Prensa (FATPREN), expresó en un comunicado su enérgico repudio a la acción de censura y operación con vistas al despido del periodista Guillermo Fernández, trabajador del multimedio La Voz de esa ciudad.
La Corte Suprema revocó la medida que suspendía la Ley de Medios
La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó, en fallo unánime, la medida cautelar que había dictado la justicia mendocina y que suspendía la vigencia de la nueva Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
De tal manera, el Tribunal aceptó el recurso extraordinario presentado por el Gobierno Nacional para que se anulara la medida que había dispuesto la Cámara Federal de Mendoza.
La causa se había iniciado con una presentación del diputado nacional Enrique Thomas, y la Corte entendió que si un individuo se siente afectado por la ley no se puede privar de su vigencia a toda la sociedad y que en una decisión judicial «no debe prescindirse de las consecuencias que naturalmente derivan de un fallo», como es impedir que la comunidad goce de los beneficios de una norma aprobada por el Poder Legislativo.
Al mismo tiempo, los jueces consideraron que una medida «cautelar que suspende la vigencia de toda la ley 26.522, tiene una significativa incidencia sobre el principio constitucional de división de poderes».
En nuestro país, solamente el máximo Tribunal tiene la potestad de declarar la inconstitucionalidad de una ley en forma completa y absoluta, mientras que los jueces inferiores sólo pueden opinar en tal sentido sobre casos particulares y no generales, “porque la dispersión de una potestad contralegislativa de semejante magnitud es inimaginable, dado que abriría el camino hacia la anarquía poniendo en peligro la vigencia de todas las leyes”, expresaron en la sentencia.
El especialista en Derecho a la Información, y asesor legal de la Federación Argentina de Trabajadores de Prensa (FATPREN), Dr. Damián Loreti, explicó que el fallo implica la vigencia de la nueva norma -que reemplaza a la Ley de Radiodifusión de la dictadura militar- y que no deberían reiterarse medidas judiciales en su contra ya que contradecirían lo dispuesto por la Corte Suprema.
La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual fue aprobada y promulgada después de un intenso e inédito debate que incluyó decenas de foros participativos en todo el país.
La FATPREN, junto a todas las organizaciones nucleadas en torno a la Coalición por una Radiodifusión Democrática, ha impulsado y seguirá impulsando la plena vigencia e implementación de la Ley, en la lucha por construir un modelo de comunicación más democrático, plural, diverso y federal.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó, en fallo unánime, la medida cautelar que había dictado la justicia mendocina y que suspendía la vigencia de la nueva Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
De tal manera, el Tribunal aceptó el recurso extraordinario presentado por el Gobierno Nacional para que se anulara la medida que había dispuesto la Cámara Federal de Mendoza.