En Paraná, dos fallos de Cámara confirman la validez del convenio colectivo nacional suscripto entre ADIRA y FATPREN y la obligatoriedad de su cumplimiento.
La FATPREN y el Sindicato de Prensa de Entre Ríos informan que la Cámara de Apelaciones del Trabajo de Paraná se expidió a favor de los trabajadores de prensa entrerrianos, en la controversia impulsada por empresas que argumentaban que no les era aplicable el Convenio Colectivo de Trabajo suscripto por la Federación Argentina de Trabajadores de Prensa (FATPREN) y la Asociación de Diarios del Interior de la República Argentina (ADIRA).
Las sentencias fueron dictadas por la Cámara Tercera de Apelaciones del Trabajo, Sala 1, recayó en los juicios caratulados: “Federación Argentina de Trabajadores de Prensa contra Pregón SRL s/ apelación de resolución “; y “Federación Argentina de Trabajadores de Prensa contra Sociedad Anónima de Entre Ríos s/apelación de Resolución” resolviendo que: El C.C.T. Nº 541/08 otorga legitimación a la actora (FATPREN)…, abarcando en su ámbito espacial todo el territorio de la República Argentina, con la exclusión de ámbitos geográficos y convencionales… (art. 1º y concordantes), entre los cuales no se encuentra esta Provincia, por lo que alcanza a la ejecutada (arts.9º, 4º y concordantes, ley 14.250, t.o. Decreto Nº 1135/04).
Cabe señalar que en su pronunciamiento la Cámara resolvió desestimar las quejas de las apelantes (diario “Debate-Pregón”, de Gualeguay; y “El Diario”, de Paraná) e imponerles las costas a su cargo, en las causas que se ejecutan a las accionadas, proveniente de la falta de pago de los Aportes Convencionales (C.C.T. Nº 541/08).